Sentencia De La Jueza Constitucional A Favor De Álvaro Noboa Pontón



Administrando justicia, en nombre del pueblo soberano del Ecuador y por autoridad de la Constitución y las Leyes de la República, la jueza Ivonne Hernández, de la Unidad Judicial Especializada No. 4 de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Guayaquil resolvió declarar con lugar, la demanda de hábeas corpus interpuesta a favor del Abogado Álvaro Fernando Noboa Pontón, declarando la violación del derecho a la libertad  individual locomotora, ambulatoria y de tránsito del afectado Abog. Álvaro Fernando Noboa Pontón, por omisión de los accionados en resolver sobre la petición de revocatoria, lo cual  restringe injustificadamente el precipitado derecho.

Como reparación integral la jueza ordena restituir el ejercicio integral del derecho a la libertad individual locomotora, de tránsito y ambulatoria del Abogado Álvaro Fernando Noboa Pontón, para lo cual  dejó sin efecto la orden de prohibición de salir del País, dictada en su contra por el Economista Miguel Avilés Murillo, Recaudador Especial del Servicio de Rentas Internas del Litoral Sur, el 28 de Septiembre del 2012.

La Jueza Hernández dispuso oficiar a la Jefatura Provincial de Migración y Extranjería del Guayas, para que elimine del registro físico y/o electrónico a su cargo, con efectos nacionales, la prohibición de salir del país, dictada mediante providencia del 28 de Septiembre del 2012 a las 8h30 por el Economista Miguel Avilés Murillo, agente recaudador designado por la máxima autoridad del Servicio de Rentas Internas SRI en contra del Abogado Álvaro Fernando Noboa Pontón.

La jueza hace referencia en su Resolución, al art. 83 inciso tercero de la Constitución que obliga a la autoridad a cumplir de manera inmediata la sentencia sin observación alguna.

Descargue: Acta de Audiencia de Acción de Habeas Corpus