¿ES PROCEDENTE INSCRIBIR LA ADJUDICACIÓN -VÍA REMATE ILEGAL- DE LAS HACIENDAS LA CLEMENTINA, EL TEJANO Y RÍO PLAYÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BABAHOYO?



En los medios de comunicación, el ahora “representante” de los trabajadores de la Hacienda La Clementina, Carlos Ordeñana Carrión  anuncia su pretensión de inscribir la escritura de la venta, vía remate ilegal, de 3 haciendas, en el Registro de la Propiedad del cantón Babahoyo.

Es evidente que el señor Carlos Ordeñana Carrión quién también es depositario fiscal de la hacienda, ignora algunas cuestiones básicas de Derecho, que a continuación me permito, en mi calidad de representante legal de EBNSA, aclararle:

1)     La propia Registradora de la Propiedad del cantón Babahoyo, al inscribir el embargo de las haciendas El Tejano y Río Playón señaló lo siguiente:

razon

Como vemos, la Registradora de la Propiedad de Babahoyo RECONOCE que las haciendas El Tejano y Río Playón SE ENCUENTRAN UBICADAS EN EL CANTÓN MONTALVO, y por si fuera poco, reconoce también que éste entró en funcionamiento el 31 de enero de 1985.

Esta misma funcionaria pese a este reconocimiento, en el mismo documento, procede, SIN NINGUNA LÓGICA JURÍDICA, a inscribir el embargo de ambos bienes en el Registro a su cargo, pese a no tener competencia alguna para hacerlo violando el número 3 de la letra a) del Art. 4 de la Ley de Registro que claramente le prohíbe a los Registradores inscribir documentos relativos a bienes que no se encuentren ubicados en su respectivo cantón. Es decir, ha fallado contra ley expresa.

1)    Como paso previo a la interposición de una demanda de hábeas data para que esta funcionaria SEA OBLIGADA A RECTIFICAR SU ERROR le hemos pedido que proceda a reconocer que ha actuado contrariando la ley y que proceda a inhibirse de seguir actuando en este tema y REVOQUE lo que hasta el momento, en forma ILEGAL, ha hecho.

2)    Por otro lado, hemos cursado al amparo del número 23 del Art. 66de la Constitución, una petición a la señora Alcaldesa del cantón Babahoyo para que nos certifique cuánto dinero ha ingresado en su institución como parte del pago por impuestos de la transferencia de dominio, requisito sine qua non, sin el cual, no puede nadie presentarse a una Notaría a protocolizar absolutamente NADA. Recordamos que la CFN le hizo un préstamo a un grupo de trabajadores por el valor exacto de la postura mínima para hacerse con las haciendas pero no sabemos todavía de dónde va a salir el dinero para los gastos de protocolizaciones, registros, pagos de impuestos y lo más importante, para poner en marcha a estos predios.

3)    Pero quizás uno de los aspectos NUCLEARES que impiden que se realice ningún registro de transferencia de dominio de las 3 haciendas rematadas por el SRI lo constituye el hecho innegable que EXISTE UN PEDIDO DE REVOCATORIA DEL REMATE, basado en la serie de irregularidades que lo han viciado de nulidad y que son de conocimiento público.

Bananera Noboa, deja en claro, que pese a la brutal persecución en nuestra contra motivada por un suceso estrictamente político para perjudicar a Álvaro Noboa Pontón, y que ahora se extiende con denuncias a nuestros abogados, seguiremos agotando todas y cada una de las vías que nos franquea el marco legal ecuatoriano y tendremos una respuesta a todo este drama judicial en sede internacional en la que demostraremos cada una de las aberraciones que matizan esta glosa a todas luces disparatada.

 

Ab. Roberto Ponce Noboa

Presidente

Exportadora Bananera Noboa S.A.

 

Dr. Juan Vizueta Ronquillo

Abogado

Exportadora Bananera Noboa S.A.

 

Pedro Javier Granja

Abogado

Exportadora Bananera Noboa S.A.