EXPORTADORA BANANERA NOBOA S.A. ha presentado en la Segunda Sala del Tribunal de lo Fiscal una Acción Directa dentro de la cual se solicitó la renovación de la caución del 10% de la supuesta obligación tributaria que EXPORTADORA BANANERA NOBOA S.A. mantiene con el SRI, solicitud que fue atendida favorablemente por EXPORTADORA BANANERA NOBOA S.A. presentando la caución correspondiente. Esta petición hace que se reconozca la existencia y validez de la Acción Directa en la que el SRI ha intervenido con varios escritos así como la vigencia de los efectos que la Ley otorga a esta, esto es, LA SUSPENSIÓN DE TODA EJECUCIÓN COACTIVA Y SUS REMATES.
¿Qué necesidad tiene el SRI de continuar con sus procedimientos de cobro y remates? Si solo la Hacienda
Clementina con 7,326 hectáreas representa GARANTÍA SUFICIENTE PARA EL LITIGIO sobre la supuesta obligación tributaria que mantiene EXPORTADORA BANANERA NOBOA S.A. con el SRI. Como es de conocimiento público, la Hacienda Clementina de 7,326 hectáreas según avalúo de un perito independiente, calificado y de amplia trayectoria, arrojó un avalúo de US$157,737,050.11.
Insistimos, el SRI no debe continuar con sus procedimientos de remate sobre los 7 lotes del Cantón Playas y debe suspender cualquier acción de cobro adicional en virtud de lo expuesto anteriormente.
Alertamos a la ciudadanía a no participar en estos procesos de remate que serían nulos e ilegales.
Diógenes Villacís Crespo
Representante Legal
TOSQUINI S.A.